El siguiente paso en el camino de la transformación digital viene motivado por la obligatoriedad de las empresas y autónomos de España para el cumplimiento de la nueva Ley Crea y Crece.
Y es que el pasado 30 de junio de 2022 se aprobó esta ley de creación y crecimiento empresarial que pretende impulsar la creación de nuevas empresas y facilitar el crecimiento de las pymes de nuestro país.
La facturación electrónica será la nueva medida que acerque la digitalización a las relaciones empresariales, y será el único sistema a emplear para las relaciones comerciales entre empresas y autónomos, no debiéndose cumplir entre los usuarios finales de un servicio.
Además, supondrá un requisito básico de acceso para los empresarios a las diferentes subvenciones y ayudas públicas y será motivo de penalizaciones en la contratación pública.
La fecha de partida es clara y es que desde su publicación en el BOE el pasado 29 de septiembre de 2022 y su entrada en vigor los veinte días siguientes, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas será de obligatorio cumplimiento a partir del 27 de octubre de 2022.
En lo referente al Artículo 12, relativo a la facturación electrónica entre empresarios y
profesionales, se establecen los siguientes plazos:
- Un año tras aprobarse el desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros.
- Dos años tras aprobarse el desarrollo reglamentario para el resto de los empresarios y profesionales.
En cuanto al desarrollo reglamentario, establece un periodo de seis meses desde la publicación de la Ley para que las administraciones públicas implicadas determinen los requisitos técnicos y la información a incluir en el modelo establecido de facturación electrónica.
¿Qué ventajas supondrán para las empresas y autónomos?
El uso de la factura electrónica aporta grandes ventajas en la operativa diaria de las empresas y autónomos, entre ellas:
- Reducción de tiempo y costes: se reduce la carga del departamento financiero ya que la facturación electrónica permite la automatización del proceso. Además, reduce los costes ya que se no es necesario dedicarle recursos materiales a esta herramienta.
- Aumento de la productividad: Los trabajadores pueden dedicarsu tiempo en otras tareas.
- Mayor seguridad y fiabilidad de las transacciones electrónicas: la facturación electrónica es legal y segura. El RD 1619/2012, de 30 de noviembre establece los criterios para la conservación y la integridad de su contenido y legibilidad.
- Reducción de la morosidad en las operaciones comerciales: una de las condiciones para lograrlo es contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos.
- Trazabilidad y control de pagos: los flujos automáticos de emisión y gestión permiten un control de cada factura en tiempo real. Es control documental es evidente, ya que es posible almacenar todas las facturas en una única plataforma.
- Reducción de errores: gracias a la automatización de procesos es posible reducir los errores humanos, los cuales pueden ser detectados antes de emitir la facturay ser corregidos previamente.
¿Cuáles serán las nuevas obligaciones de las empresas y autónomos?
Los requisitos legales de obligado cumplimiento son:
- Transparencia: Emitir todas las facturas en formato electrónico y velando por el cumplimiento del reglamento de facturación cuyo contenido debe ser el mismo de una factura física, según el RD 1619/2012, de 30 de noviembre.
- Accesibilidad: Facilitar el acceso digital garantizándole a las partes implicadas la visualización, descarga e impresión de las facturas de manera gratuita.
- Tranquilidad: el acceso a las facturas electrónicas debe garantizarse durante 4 años aun cuando se disuelva la relación contractual entre las partes.
¿Existen sanciones para las empresas y autónomos?
La respuesta es clara, las empresas y autónomos que no cumplan con la obligación de las facturas electrónicas podrán enfrentarse a sanciones por parte de la administración pública de hasta 10.000 euros.
La cuantía de las sanciones se aplicaría dependiendo del número de personas afectadas por la infracción o la continuidad o persistencia de dicha conducta infractora.
El Kit Digital y la facturación electrónica.
Según un estudio realizado por SERES, únicamente el 15% de los autónomos y empresarios hace uso de esta herramienta en España. Dato alarmante que pone en la palestra el bajo nivel de madurez de esta solución digital.
No obstante, gracias a Kit Digital, iniciativa del Gobierno que pretende modernizar el tejido productivo empresarial y encauzarlo en un proceso de digitalización, los empresarios y autónomos podrán implantar la facturación electrónica ya que se contempla en el amplio catálogo de soluciones digitales.
Mediante esta herramienta las empresas podrán digitalizar el flujo de emisión y recepción de las facturas de sus clientes y proveedores, garantizando la digitalización y la seguridad de los procesos de negocio.
Dependiendo del segmento el importe máximo de la ayuda para la implantación de un sistema de facturación electrónica será:
- Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados): 2.000 € (hasta 3 usuarios)
- Segmento II (entre 3 y menos de 9 empleados): 2.000 € (hasta 3 usuarios)
- Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados): 1.000 € (hasta 1 usuario)
Para ser beneficiario del Kit Digital, deberás seguir los siguientes pasos:
- Regístrate en la web de acelerapyme y realiza tu Test de Autodiagnóstico de esta
manera se comprueba el nivel de digitalización de tu empresa. - Consulta el catálogo de Soluciones Digitales y solicita las que mejor se adapten a
tus necesidades completando el formulario en red.es - Firma un acuerdo de presentación de Soluciones Digitales con los Agentes Digitalizadores que implantarán tu solución.
No obstante, para cualquier otra duda, en Femepa estaremos encantados de ayudarle, por lo que puede escribir al correo cidedigital@femepa.com o contactar con los Técnicos de Transformación Digital de Femepa 928296161, ext.
#2524 azahara.garcia@femepa.es o ext. #2513 mario.perez@femepa.es
Autora: Cristina Santana del Pino
Técnica de Innovación de Femepa
Departamento Innovación, Internacionalización y RSC